Convocatoria del BOIB n.º 36 de 22 de marzo de 2025.
1. BENEFICIARIOS:
- Personas físicas y jurídicas privadas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y comunidades de bienes (BENEFICIARIOS IAE adjunto).
- AUTÓNOMOS o TITULARES de pequeñas empresas del sector del comercio detallista o de determinadas empresas de servicios. Pymes y microempresas.
- Con establecimiento físico en el territorio de las Illes Balears, que lleven a cabo venta presencial, con sede social en las Illes Balears.
2. ACTUACIONES O GASTOS SUBVENCIONABLES:
• INVERSIONES EN EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO para la mejora tecnológica y digital. Max. 1 equipo o 2 tablets por establecimiento.
• INVERSIONES dirigidas a una ECONOMÍA BAJA EN CARBONO, la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad (sistemas de iluminación de bajo consumo, adquisición e instalación de aparatos de climatización o conservación de alimentos).
• INVERSIONES para mejorar la ACCESIBILIDAD y para ELIMINAR BARRERAS arquitectónicas.
• Adquisición e instalación de equipación para modernizar el establecimiento (mobiliario, maquinaria, instalaciones, sistemas alarma, TPV, cajas cobro automático,etc.).
• Adquisición e instalación de equipación para mejorar la imagen del establecimiento (rotulación comercial interior o exterior).
• Obras y reformas en general, mejora y modernización del establecimiento.
3. IMPORTE DE LA AYUDA
El proyecto o actuación debe tener un coste elegible mínimo de 2.000 euros (IVA excluido).
La cuantía de la subvención es el 80% del coste elegible (IVA excluido).
Total máximo: 9.000 euros por beneficiario.
Los proyectos deben ejecutarse y pagarse en el periodo de elegibilidad, es decir, del 16 septiembre 2024 al 15 de septiembre 2025 (ambos incluidos).
4. OBLIGACIONES
- Acreditar el cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones.
- Comunicar si se han solicitado otras ayudas.
- Comunicar obtención de cualquier ayuda de minimis.
- Someterse a las actuaciones de comprobación.
5. DOCUMENTACIÓN
• Modelo normalizado de solicitud y declaración responsable firmada (ANEXO 2 adjunto).
• Modelo normalizado de memoria explicativa del proyecto (ANEXO 3 adjunto).
• Aportación de presupuestos o facturas proforma.
• Empresas: presentar escritura constitución y documento fehaciente que acredite representación.
• Documentación acreditativa para valorar la puntuación.
6. CRÉDITO ASIGNADO Y RÉGIMEN DE CONCESIÓN
El importe económico de la convocatoria es de 3.700.000 euros.
El criterio de resolución es por procedimiento de concurso mediante la comparación de las solicitudes (CRITERIOS DE VALORACIÓN adjunto).
Los proyectos que tengan la misma puntuación se tendrá en cuenta la fecha de presentación de solicitudes.
7. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Hasta el 22 de abril de 2025.
Link para la presentación solicitudes de manera electrónica:
8. MÁS INFORMACIÓN