Subvención cuota cero para nuevos autónomos en Baleares

Si acabas de darte de alta como autónomo en les Illes Balears, hay buenas noticias: el Govern subvenciona tu cuota de la Seguridad Social durante los tres primeros años de actividad.
5 de mayo de 2026 por
Cámara Menorca

Arrancar un negocio por cuenta propia no es fácil, y uno de los primeros gastos que aparecen es la cuota de autónomo. Para ayudar a que ese inicio sea menos duro, la Conselleria d'Empresa, Ocupació i Energia ha publicado una convocatoria de ayudas con la que puedes recuperar lo que pagas a la Seguridad Social durante los primeros 36 meses. La resolución salió publicada en el BOIB del 10 de mayo de 2025 y el presupuesto total es de casi 4,8 millones de euros.

¿Cuánto te pueden llegar a cubrir?

Depende del año en el que estés:

  • Año 1 (meses 1 al 12): te cubren el 100% de la cuota reducida, hasta 80 €/mes. Cuota cero para empezar.
  • Año 2 (meses 13 al 24): también el 100%, hasta 80 €/mes, siempre que tus ingresos netos no superen el Salario Mínimo Interprofesional.
  • Año 3 (meses 25 al 36): te cubren el 50% de la cuota, con un tope de 175 €/mes.

Si cotizas en una mutualidad de colegio profesional en lugar del RETA, también puedes pedirla, con los mismos importes de referencia.

¿A quién va dirigida?

A cualquier persona física que viva en les Illes Balears y se haya dado de alta como autónoma (o que no hubiera estado de alta en los dos años anteriores). Eso sí, en el momento de pedir la ayuda tienes que cumplir estos puntos:

  • Seguir de alta en el RETA de forma ininterrumpida desde que empezaste.
  • Estar empadronado/a en algún municipio de les Illes Balears.
  • Tener el domicilio fiscal y desarrollar tu actividad aquí.
  • Estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.

¿Cuándo puedes solicitarla?

Del 10 de mayo al 10 de junio de 2026.

La solicitud es 100% online y se resuelve por orden de llegada: quien antes la presente, más posibilidades tiene de que le llegue el dinero.

¿Qué documentos necesitas?

Lo principal que te van a pedir es: el certificado de situación censal de la AEAT, el certificado de empadronamiento, el informe de cuotas ingresadas de la Seguridad Social y el certificado de ayudas de minimis del Ministerio de Hacienda. La propia plataforma de solicitud te irá guiando.

¿Te interesa?

 No lo dejes para el último momento: el presupuesto es limitado y se asigna por orden de solicitud.

👉 Más información y trámite: https://www.caib.es/seucaib/es/201/empreses/tramites/tramite/6315318/

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