Bons Producte Local 2026


"Bons Producte Local" es una iniciativa del Consell Insular de Menorca en colaboración de la Cámara de Comercio de Menorca para fomentar el consumo de productos de proximidad, apoyar  los productores y establecimientos de Menorca y promover una economía local más fuerte y sostenible.

Gracias a esta campaña, los consumidores podrán disfrutar de 10€ de descuento por cada 20€ de compra en productos locales en los establecimientos adheridos.

Webinar informativo online: 6 de agosto de 2026

Objetivo: Explicar el funcionamiento de la campaña

Horario:  De 14:30h a 15:30h

INSCRÍBETE

¿Cómo funcionan los bonos? 


Cada bono ofrece 10 € de descuento sobre una compra mínima de 20€ en producto local.

Cada persona podrá utilizar hasta 5 bonos durante la campaña, con un ahorro máximo de 50€, hasta agotar el presupuesto disponible.

Los bonos pueden utilizarse en una compra o repartirse entre varias, siempre respetando el importe mínimo establecido.

¿Qué productos se incluyen?


Los bonos son válidos para la compra de productos locales, entre ellos:

  • Productos agrícolas cultivados en Menorca
  • Productos ganaderos producidos en Menorca
  • Productos de pesca, marisqueo o acuicultura comercializados en puntos de primera venta, lonjas o centros de expedición de Menorca
  • Otros alimentos no transformados, no incluidos en los puntos anteriores, producidos por productores primarios de Menorca
  • Alimentos producidos y comercializados bajo una denominación de origen protegida, una indicación geográfica protegida o una indicación geográfica de Menorca
  • Productos transformados y alimentos compuestos por más de un ingrediente que tengan como ingrediente primario alguno de los productos mencionados en los puntos anteriores y que se hayan elaborado en Menorca.
  • Productos forestales obtenidos en terrenos forestales de Menorca, y también los productos no alimentarios que cumplan alguna de las condiciones anteriores.

¿Quién puede beneficiarse?


Todas las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que pueda llevar a cabo las acciones que se pretenden fomentar.

Tienen que tener establecimientos con sede o razón social ubicada en Menorca y tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria y no tener deudas pendientes con el Consell Insular de Menorca

Igualmente, se entienden como beneficiarios indirectos las personas físicas que tengan 16 años o más y accedan a los bonos a través de los establecimientos adheridos a la campaña.

Ventajas de participar


Mayor visibilidad para tu negocio

Captación de nuevos clientes

Impulso a las ventas de producto local

Contribución al desarrollo de la economía local 

Calendario de la campaña


6 de agosto
Webinar informativo 1

Para conocer el funcionamiento de la campaña

10 de agosto
Inicio adhesión a la campaña

A través de una plataforma habilitada a tal efecto

11 de septiembre
Fin adhesión a la campaña

Facilitaremos a los adheridos el material identificativo

15 de septiembre
Webinar informativo 2 

Para resolver dudas antes del inicio del periodo de canje 

21 de septiembre
Inicio campaña ventas bonificadas

Se pondrán en circulación 8.000 bonos

25 de octubre
Fin campaña ventas bonificadas
25 de noviembre
Pago a los establecimientos adheridos

Mediante transferencia en el número de cuenta indicado

¿Tienes dudas?

Si tienes alguna consulta sobre la campaña, puedes contactar con nosotros a través de: 

camaramenorca@camaramenorca.com

Teléfono: 971 36 31 94 

Whatsapp/ Teléfono: +34 747 85 31 07

Preguntas frecuentes 

Mediante el formulario habilitado en la plataforma web, únicamente por vía telemática, adjuntando la documentación requerida (imagen del establecimiento, certificado de situación censal AEAT, datos bancarios, certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y certificado de no tener deudas con el Consell Insular de Menorca).

  Las entidades adheridas dispondrán de un usuario y contraseña únicos para acceder a su área privada en la plataforma. Una vez dentro, deberán: comprobar los bonos disponibles con numeración específica asociada al establecimiento, obtener los bonos para ofrecerlos a los clientes que cumplan los requisitos, y canjearlos cumplimentando la información solicitada del ticket y adjuntando una fotografía de este .

Las entidades beneficiarias deben aportar de forma telemática en la plataforma: el número de DNI de la persona que ha consumido los bonos, y la factura o ticket de la compra (mínimo 20€) donde conste el uso de los bonos de descuento. ​

No. Solo se debe presentar una solicitud de adhesión. Una vez registrado, si tengo más de un establecimiento, se debe dar de alta cada uno de ellos de forma individual.

Cada establecimiento físico se considera una unidad independiente a efectos de la distribución de bonos, aunque pertenezca a la misma empresa o persona autónoma.  

CIF, nombre del establecimiento, dirección del establecimiento, nº de ticket, fecha de la venta, artículo vendido, precio total de venta, bonos aplicados, cantidad pagada por el cliente, 

Debe indicarse el tipo de producto vendido de forma específica (queso, miel, embutido...), no varios productos genéricos agrupados.

No.  En ningún caso se aceptarán facturas o tickets con descuentos escritos a mano.

No, los establecimientos adheridos no pueden reservar ni retener bonos para sus clientes en ningún caso.

La entidad colaboradora tramitará el pago en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la finalización de la campaña, siempre que se hayan superado favorablemente las verificaciones previstas en las bases. ​

La ejecución de la campaña con finalidades diferentes o fraudulentas puede comportar la expulsión definitiva de la campaña, además del inicio de un expediente de revocación y reintegro de la ayuda.

  ¿Cómo debo reflejar el bono en el ticket o factura?

Hay diversas formas de hacerlo:

- creando un artículo en negativo denominado "Bons Producte Local" por importe de -10€

- creando un modo de pago adicional denominado "Bons Producte Local" indicando el importe descontado (-10€, -20€, -30€...)

- Aplicando un descuento en euros (no en %) denominado "Bons Producte Local"

Es una ayuda de mínimis, sujeta a los Reglamentos (UE) de la Comisión aplicables según el sector (agrícola, general o pesca/acuicultura), y se concede en régimen de concesión directa por razones de urgencia e interés público.  

Sí. En la solicitud debe declararse si se han recibido ayudas sujetas al régimen de mínimis durante los tres últimos ejercicios fiscales anteriores al año de la convocatoria, indicando organismo, fecha de resolución e importe.

La devolución o cambio de un artículo no comporta la cancelación del bono ya canjeado.  

Sí, siempre que sean ofertas o descuentos que asuma el propio vendedor. En ningún caso se puede aplicar el descuento a bienes ya bonificados mediante promociones subvencionadas por otras administraciones públicas.

El descuento solo se puede aplicar a la compra de productos que cumplan la definición de "producto local" establecida en las bases. Debe quedar identificado en el ticket que el producto corresponde a esa definición.  

CONTACTO